El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió un fallo que representa un revés legal para el cantante Benito Antonio Martínez Ocasio, conocido como Bad Bunny, al admitir que la demanda presentada por su expareja, Carliz de la Cruz Hernández, tiene fundamentos suficientes para continuar su curso judicial.
La controversia gira en torno a la frase “Bad Bunny, baby”, grabada en 2015 por De la Cruz Hernández, quien entonces mantenía una relación sentimental con el artista. Según la demanda, esta grabación fue realizada a petición del cantante para fortalecer su identidad artística, pero posteriormente fue utilizada sin autorización en los temas “Pa’ ti” (2017), junto a Bryant Myers, y “Dos mil 16” (2022), además de servir como introducción en varios conciertos.
El Tribunal Supremo determinó que existen hechos plausibles sobre la posible existencia de una obra original y creativa, por lo que el caso regresará al Tribunal de Primera Instancia de San Juan para analizar el fondo de la controversia. Aunque esta resolución no representa una victoria definitiva para la demandante, evita que el proceso sea desestimado y abre la puerta a un debate más profundo sobre los derechos de autor y la explotación comercial de la imagen y voz de las personas.
De la Cruz Hernández presentó la demanda en marzo de 2023 contra Bad Bunny y su sello discográfico, Rimas Entertainment, reclamando una indemnización de al menos 40 millones de dólares por presuntas violaciones a sus derechos de imagen, derechos morales de autor y daños y perjuicios.
El expediente judicial también revela que un día antes del lanzamiento del álbum *Un verano sin ti*, representantes del cantante ofrecieron 2 mil dólares a la demandante para obtener los derechos de uso de la frase, pero al no llegar a un acuerdo, el disco fue publicado con la grabación incluida.
Este caso pone en evidencia las tensiones entre la industria musical y los derechos individuales, en un contexto donde la apropiación y explotación de elementos creativos sin consentimiento puede generar conflictos legales de gran envergadura. La resolución del Tribunal Supremo de Puerto Rico reafirma la necesidad de proteger los derechos morales y patrimoniales de quienes contribuyen a la construcción de la identidad artística, un tema que cobra relevancia en la era del capitalismo cultural y la mercantilización de la creatividad.
Ahora, el Tribunal de Primera Instancia de San Juan deberá determinar si existió un uso indebido de la grabación y si procede el pago de una indemnización, un proceso que seguirá de cerca la opinión pública y los sectores críticos del poder corporativo en la industria del entretenimiento.

